"Por improcedente" rechazan tutela de Centros Poblados contra MinTIC
Decisión del juzgado octavo civil del circuito de Barranquilla.
El juzgado Octavo Civil del Circuito de Barranquilla declaró improcedente la tutela solicitada por la unión temporal Centros Poblados 2020, dentro del sonado escándalo de los 70 mil millones de MinTIC, que la entidad caducó a esa empresa.
La titular del despacho Jennifer Glenn Ríos levantó además la medida provisional decretada por el juez promiscuo de Puerto Colombia
Según la juez, la tutela es improcedente porque la Unión temporal Centros Poblados dispone de otros mecanismos judiciales para controvertir la actuación administrativa del Ministerio,
De acuerdo con Centros Poblados con la decisión de MinTIC había un perjuicio irremediable, pero para la togado no era urgente e impostergable la intervención del juez constitucional como quiera que en estos casos el derecho a la defensa se encuentra garantizado por la posibilidad de recurrir ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.